viernes, 24 de abril de 2009

ORGANOS ENCARGADOS DE LA CREACION LEGISLATIVA CASO PERUANO
Es necesario empezar por analizar el desarrollo histórico de las normas jurídicas, abarcando la edad antigua, la edad media, la edad moderna, hasta llegar a la edad contemporánea. En la edad antigua, el Derecho es la costumbre primitiva: religioso o mítico por tanto es al mismo tiempo norma jurídica, religiosa y moral; siendo la primera sanción la venganza de sangre. Se destaca en el Derecho Romano la aparición de la primera ley escrita: la ley de las XII tablas.[1] En la edad media convivieron: el Derecho civil (constituido por normas comunes frente a los Derechos de los particulares), el Derecho canónico (constituido por normas comunes en el campo religioso) y el Derecho Feudal (constituido por normas utilizadas para resolver los litigios entre señores y vasallos). Finalmente en la edad moderna, las normas jurídicas básicamente son compiladas y en la edad contemporánea son codificadas. Lo que nos demuestra que las normas jurídicas son creadas y codificadas, pero no por cualquier órgano u personaje, sino que son creadas por el poder legislativo en todo caso algunas costumbres con rango de norma.

Debido a ello es necesario establecer ¿Cuáles son los órganos encargados de establecer normas jurídicas?, para lo cual deberemos alcanzar determinados objetivos como: A) identificar el concepto, características y funciones de la norma jurídica. B) identificar y analizar la labor de los órganos encargados de la creación legislativa y C) analizar los procedimientos utilizados por el órgano legislativo para la creación normativa

La importancia de dar respuesta a la interrogante antes planteada, radica en poder conocer los mecanismos y procedimientos de creación normativa, así como reflexionar sobre las características o cualidades que los órganos encargados deben tener para una correcta función evitando vulnerar derechos fundamentales de la persona humana al mantener siempre como criterio de sus procedimientos la existencia del Derecho natural.[2]
[1] Cfr. TORRES VÁSQUEZ, Aníbal. Introducción al Derecho. Ed. Themis S.A. 2da Edición, Bogotá, 2001. P. 817
[2] Idem. P. 820

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